Condiciones Generales de Contrataciónde NewIngredients GmbH 1. Ámbito de aplicación 1.1 Estas Condiciones Generales de Contratación (en adelante, “CGC”) se aplican a todas las relaciones comerciales entre NewIngredients GmbH (en adelante, “nosotros” o “nuestro”) y nuestros clientes. Las CGC están destinadas únicamente a su aplicación frente a empresarios, personas jurídicas de derecho público o fondos especiales de derecho público en el sentido del artículo 310, apartado 1, del BGB (Código Civil alemán). 1.2 Estas CGC también se aplicarán a todas las transacciones futuras con un cliente de naturaleza igual o similar, sin necesidad de un acuerdo por separado o de una notificación adicional. 1.3 Estas CGC se aplicarán incluso si ejecutamos los pedidos de un cliente teniendo conocimiento de que sus condiciones comerciales son contrarias o divergentes; por la presente se rechazan las condiciones comerciales y de compra divergentes del cliente. Asimismo, la referencia a pedidos u otros documentos a los que se adjunten las condiciones comerciales del cliente o de un tercero, o una referencia a las mismas, no constituye por nuestra parte un acuerdo sobre la validez de condiciones comerciales divergentes. Nuestras CGC solo dejarán de aplicarse frente a un cliente si y en la medida en que reconozcamos expresamente por escrito las condiciones del cliente en cuestión. Solo en este último caso prevalecerán las condiciones comerciales de dicho cliente. 2. Celebración y contenido del contrato, documentos, confidencialidad 2.1 Nuestras ofertas son siempre sin compromiso y no vinculantes, a menos que hayamos estipulado expresamente lo contrario. Un contrato solo se perfecciona cuando confirmamos expresamente por escrito el pedido de un cliente o cuando comenzamos con la ejecución del mismo. El contenido del contrato se determina mediante nuestra confirmación de pedido, así como por estas CGC. Si la entrega se realiza sin una confirmación de pedido por separado, nuestro albarán de entrega sustituirá a la confirmación de pedido. Las declaraciones o promesas verbales anteriores a la celebración del contrato carecen siempre de carácter vinculante y quedan sustituidas por el contrato escrito. 2.2 Toda la información relativa a nuestros productos, en particular las ilustraciones, indicaciones de calidad, cantidad, peso, dimensiones, rendimiento y uso contenidas en nuestra página web, en ofertas y/o folletos, o puestas a disposición de cualquier otra forma, representan únicamente valores aproximados y no constituyen la base de acuerdos sobre la calidad. Lo mismo se aplica a la información y el asesoramiento relativos a nuestros productos, que por norma general solo reflejan valores de experiencia y promedios. La calidad, idoneidad, función, durabilidad y posibilidad de uso de nuestras mercancías se determinan exclusivamente según nuestras descripciones de prestaciones, siempre que estas se integren expresamente en el contenido del contrato. Las desviaciones que solo afecten de forma insignificante al uso previsto, así como los cambios y adaptaciones debidos a la fabricación, producción u otros motivos técnicos, son admisibles por norma general. El cliente deberá comprobar por sí mismo la idoneidad para el fin previsto. 2.3 Las garantías y compromisos relativos a la calidad, idoneidad o durabilidad de nuestras mercancías deben designarse expresamente como tales en la confirmación del pedido o acordarse por escrito de otro modo para que tengan validez. En el caso de entrega de muestras y especímenes, su calidad no se considera garantizada, a menos que se haya acordado expresamente en la confirmación del pedido. Lo mismo se aplica a la información sobre resultados de laboratorio y análisis. 2.4 Nos reservamos todos los derechos de propiedad y de autor sobre todos los documentos e información facilitados al comprador o puestos a su disposición de cualquier otra forma —también en formato electrónico—, como por ejemplo cálculos, fórmulas, etc. 2.5 Nuestros documentos y la información contenida en ellos no podrán ponerse a disposición de terceros, a menos que (i) los hayamos hecho públicos para el público en general o (ii) hayamos otorgado al cliente nuestro consentimiento expreso por escrito para ello. A petición nuestra, el cliente deberá devolvernos o destruir o eliminar de forma permanente todos los documentos e información de inmediato (siendo admisible el almacenamiento dentro de copias de seguridad del sistema, siempre que estos archivos no se restauren ni se sigan utilizando). 3. Precios y condiciones de pago 3.1 Nuestros precios se entienden siempre más el IVA legal correspondiente. 3.2 Nuestros precios se aplican “ex works” (franco fábrica), incluyendo el embalaje apto para el envío, a menos que se indique lo contrario en la confirmación del pedido. Si la mercancía se envía al cliente por deseo de este, se le facturarán íntegramente los gastos de envío en los que incurramos, salvo que se haya acordado lo contrario por escrito. 3.3 Si tras la celebración del contrato se produjeran incrementos de costes para nosotros, que puedan basarse, por ejemplo, en una variación de los costes de material, salarios, transporte, seguros o distribución, o en un cambio del entorno regulatorio (aranceles, certificación, impuestos), nos reservamos el derecho a realizar el ajuste correspondiente en nuestros precios. A petición del cliente, pondremos a su disposición información sobre los incrementos de costes subyacentes (sin que ello suponga una obligación de revelar secretos comerciales; en caso de duda, prevalecerá nuestro derecho a salvaguardar los secretos comerciales). 3.4 A menos que se acuerde lo contrario o se indique en la factura, las facturas deberán pagarse a más tardar en un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha de la factura. Una vez transcurrido dicho plazo, el cliente incurrirá en mora de pago sin necesidad de aviso adicional o requerimiento. 3.5 Para los importes no pagados a tiempo, facturaremos intereses de demora al tipo legal (actualmente 9 puntos porcentuales por encima del tipo de interés básico respectivo del Banco Central Europeo anual, art. 288, apdo. 2 del BGB), así como la suma a tanto alzado por demora según el art. 288, apdo. 5 del BGB (actualmente 40 euros). Nos reservamos expresamente el derecho a demostrar un daño superior. 3.6 El cliente solo tendrá derecho a deducción por pronto pago si así se ha acordado expresamente por escrito o se indica en la factura. 3.7 La compensación y/o el ejercicio de derechos de retención por parte del cliente solo serán admisibles en la medida en que la contrapretensión o el derecho de retención hayan sido determinados mediante sentencia firme, no sean cuestionados o hayan sido reconocidos por nosotros por escrito. Además, el derecho de retención solo podrá ejercerse en la medida en que la contrapretensión se base en la misma relación contractual. 3.8 Solo aceptaremos letras de cambio y cheques para su cobro, libres de costes y gastos, previo acuerdo especial por escrito. 4. Entrega, transmisión del riesgo, impedimentos en la prestación 4.1 Las indicaciones sobre plazos y fechas de entrega son solo aproximadas, a menos que se haya acordado expresamente lo contrario por escrito. Los plazos de entrega no comenzarán hasta que se hayan aclarado por completo todos los detalles de ejecución y presuponen el cumplimiento puntual y correcto de las obligaciones del cliente. El cliente podrá fijarnos un plazo razonable para la entrega, como pronto, 5 días hábiles después del vencimiento de dichos plazos/fechas de entrega. Solo tras el vencimiento de dicho plazo adicional incurriremos en mora. 4.2 En caso de duda, el cliente deberá realizar su pago antes de la entrega. A menos que se acuerde lo contrario, podemos condicionar el inicio de la ejecución del pedido al pago de un anticipo. Si el pago del anticipo se realiza con retraso, tendremos derecho a posponer la entrega por la duración del retraso más un tiempo de puesta en marcha razonable posterior. 4.3 En caso de demora o imposibilidad, solo seremos responsables de las reclamaciones por daños y perjuicios de acuerdo con lo estipulado en la cláusula 5 de estas CGC. La indemnización por demora que debamos abonar según la cláusula 5 de estas CGC se limitará al 0,5 % del valor de la entrega o entrega parcial no realizada a tiempo por cada semana completa, con un máximo del 5 % del valor de la entrega (parcial) retrasada. 4.4 Nuestras obligaciones de entrega están sujetas a la reserva de que recibamos nosotros mismos los suministros de forma correcta y puntual, a menos que seamos responsables de la falta de suministro o del retraso del mismo. En caso de fuerza mayor, como interrupciones en la explotación, retrasos en el transporte, medidas en el marco de conflictos laborales, así como en caso de falta de entrega, entrega incorrecta o tardía por parte del proveedor y otros impedimentos en la prestación de los que no seamos responsables, podremos posponer la entrega por la duración del impedimento más un tiempo de puesta en marcha razonable posterior. 4.5 Si se prevé que se trata de un impedimento permanente, tendremos derecho a rechazar la entrega de la mercancía total o parcialmente. Informaremos al cliente por escrito o por correo electrónico si se produce tal evento. En este caso, el cliente no tendrá derecho a reclamar daños y perjuicios contra nosotros. Quedará liberado de realizar la contraprestación. Si ya la hubiera realizado y en la medida en que lo haya hecho, se le reembolsará. 4.6 Tendremos derecho a realizar entregas parciales si la entrega parcial es utilizable para el cliente en el marco de la finalidad contractual prevista, si la entrega del resto de la mercancía pedida está garantizada y si esto no supone para el cliente un esfuerzo adicional considerable ni costes adicionales (a menos que nos declaremos dispuestos a asumir dichos costes). 4.7 Si se ha acordado la entrega bajo demanda, las solicitudes de entrega deberán realizarse en un plazo de tres meses tras la celebración del contrato, a menos que se acuerde lo contrario por escrito. En caso de que la solicitud de entrega no se realice dentro del plazo, se aplicará lo dispuesto en la cláusula 4.9 de estas CGC. 4.8 Todas las ventas se entienden “ex works” (franco fábrica), a menos que se acuerde lo contrario o se indique en el albarán de entrega o en la confirmación del pedido (p. ej., Incoterms). El envío y el transporte se realizarán siempre por cuenta y riesgo del cliente. El riesgo se transmite al cliente incluso en las entregas parciales en cuanto el envío se haya entregado al transportista —independientemente de si se trata de una persona perteneciente a nuestra empresa o ajena a ella— o haya salido de nuestra fábrica para su envío, siempre que no sea de aplicación la cláusula 4.9 de estas CGC o se haya acordado otra cosa o se indique en el albarán de entrega o en la confirmación del pedido (p. ej., Incoterms). 4.9 Si el cliente rechaza la aceptación de la mercancía, si el envío de la entrega se retrasa por otros motivos imputables al cliente o si el cliente incurre de otro modo en mora de aceptación, el riesgo de pérdida accidental de la mercancía se transmitirá al cliente (transmisión del riesgo). El cliente correrá con todos los gastos de almacenamiento tras la transmisión del riesgo. Fijamos los gastos de almacenamiento en un 0,5 % del importe de la factura por cada mes o, alternativamente, el daño real causado. El cliente se reserva el derecho a demostrar un daño menor. Tras el vencimiento sin resultado de un plazo adicional de catorce (14) días fijado al cliente, tendremos derecho a desistir del contrato o a exigir una indemnización por daños y perjuicios en lugar de la prestación. 4.10 A menos que se haya acordado lo contrario por escrito, por norma general no aceptamos la devolución de material de embalaje. 5. Garantía y responsabilidad 5.1 La mercancía entregada deberá ser examinada cuidadosamente por el cliente inmediatamente después de su llegada al lugar de destino, incluso si se le hubieran enviado previamente muestras o especímenes. En este examen, se deberá comprobar especialmente la calidad de la mercancía. En caso de entrega de cajas, cartones u otros recipientes, deberán realizarse muestreos. La entrega se considerará aprobada si no hemos recibido una notificación de defectos por escrito o por correo electrónico con una descripción precisa del defecto:– en el plazo de una (1) semana tras la recepción de la mercancía en el lugar de destino; o– si el defecto no era detectable durante el examen (lo cual deberá demostrar el cliente), en el plazo de una (1) semana tras el descubrimiento del defecto. 5.2 La obligación de notificación anterior también se aplica a las entregas en exceso o por defecto, así como a posibles entregas erróneas. 5.3 Los daños de transporte deberán notificarse de inmediato al transportista; a este respecto, se aplicarán las obligaciones de notificación de las Condiciones Generales de los Transitarios Alemanes (ADSp). 5.4 Siempre que exista un defecto y se haya notificado a tiempo, procederemos, a nuestra elección y en un plazo razonable, al cumplimiento posterior en forma de subsanación del defecto o entrega de un artículo libre de defectos. Si el cumplimiento posterior fracasa, el cliente tendrá derecho, a su elección, a exigir una reducción del precio o el desistimiento del contrato. No obstante, no existirá derecho de desistimiento en caso de defectos insignificantes. Si el cliente opta por el desistimiento del contrato tras el fracaso del cumplimiento posterior, no tendrá derecho a reclamar daños y perjuicios adicionales por el defecto en cuestión. 5.5 Las disposiciones anteriores contienen de forma exhaustiva la garantía de nuestras mercancías. En particular, seremos responsables de cualquier otra reclamación por daños y perjuicios que pudiera corresponder al cliente debido a o en relación con defectos de la mercancía entregada, independientemente del fundamento jurídico, exclusivamente de acuerdo con lo estipulado en las cláusulas 5.7 a 5.11 de estas CGC. 5.6 En la medida en que hayamos declarado una garantía por la calidad de un artículo (véase la cláusula 2.3), seremos responsables según las disposiciones legales. 5.7 Para las reclamaciones de daños y perjuicios por actos culposos, independientemente del fundamento jurídico, entre otros, demora, entrega defectuosa, incumplimiento de obligaciones derivadas de una relación obligatoria o de obligaciones en las negociaciones contractuales, actos ilícitos, responsabilidad por productos (excepto la responsabilidad según la Ley de Responsabilidad por Productos), solo seremos responsables —salvo que se indique lo contrario en la siguiente cláusula 5.8 de estas CGC— en caso de dolo o negligencia grave. 5.8 Queda excluida la responsabilidad por negligencia leve, a menos que se trate del incumplimiento de una obligación contractual esencial (obligación cardinal) o de una lesión a la vida, la integridad física o la salud. Queda excluida la responsabilidad personal de nuestros representantes legales, auxiliares ejecutivos y empleados por daños causados por ellos por negligencia leve; además, para estos también se aplica una limitación según las disposiciones anteriores. 5.9 Si se trata de mercancía comercial que no ha sido producida por nosotros, sino que simplemente revendemos, el cliente está obligado, antes de proceder contra nosotros, a perseguir primero todas las reclamaciones posibles contra nuestro proveedor previo. Para este fin, nos comprometemos frente al cliente a cederle cualquier derecho de garantía e indemnización que nos corresponda frente a nuestros proveedores previos. El cliente está obligado a perseguir las reclamaciones también por vía judicial. Si la reclamación contra nuestro proveedor previo no tiene éxito, el cliente tendrá derecho a proceder contra nosotros de acuerdo con lo estipulado en las cláusulas 5.7, 5.8 y 5.10 de estas CGC. 5.10 Los derechos de garantía del cliente prescriben en el plazo de un año a partir de la entrega de la mercancía. Las reclamaciones por daños y perjuicios del cliente basadas en la responsabilidad por negligencia prescriben en el plazo de un año a partir de la entrega de la mercancía. En la medida en que se den los requisitos del recurso del proveedor según el art. 478 del BGB, se aplicará el plazo de prescripción legal del art. 445b, apdo. 2 del BGB. 6. Reserva de propiedad 6.1 Nos reservamos la propiedad de las mercancías entregadas por nosotros hasta la liquidación de todas las deudas presentes y futuras derivadas de la relación comercial con el cliente. 6.2 Cualquier procesamiento o transformación de nuestra mercancía por parte del cliente se realizará siempre para nosotros como fabricantes en el sentido del art. 950 del BGB, sin que ello nos genere obligaciones. La mercancía procesada o transformada se considerará mercancía sujeta a reserva de propiedad según la cláusula 6.1 de estas CGC. En caso de procesamiento, unión y mezcla de la mercancía sujeta a reserva por parte del cliente con otras mercancías que no nos pertenezcan para formar un nuevo objeto o un inventario mixto, nos corresponderá la copropiedad del mismo en la proporción del valor de factura de la mercancía sujeta a reserva respecto al valor de las otras mercancías procesadas o mezcladas en el momento del procesamiento. La cuota de copropiedad se considerará mercancía sujeta a reserva según la cláusula 6.1 de estas CGC. 6.3 Si la mercancía sujeta a reserva se une o mezcla con otras mercancías y otra mercancía que no nos pertenezca debe considerarse como el objeto principal en el sentido del art. 947 del BGB, se acuerda ya desde ahora que se nos transmitirá una cuota de copropiedad en la proporción del valor de factura de la mercancía sujeta a reserva respecto al valor del objeto principal y que el cliente custodiará el objeto para nosotros de forma gratuita. La cuota de copropiedad se considerará mercancía sujeta a reserva según la cláusula 6.1 de estas CGC. 6.4 El cliente está obligado a mantener la mercancía sujeta a reserva siempre totalmente asegurada contra los riesgos habituales y a demostrárnoslo a petición nuestra. Por la presente, el cliente nos cede sus posibles derechos de seguro (bajo condición resolutoria al cumplimiento de la condición mencionada en la cláusula 6.1). 6.5 El cliente deberá custodiar la mercancía sujeta a reserva para nosotros. A petición razonable, se nos deberá permitir en cualquier momento realizar un inventario y un etiquetado suficiente en el lugar de almacenamiento respectivo. En caso de embargos u otras afectaciones de nuestros derechos por parte de terceros, el cliente deberá notificárnoslo detalladamente de inmediato y apoyarnos de forma razonable en la defensa de nuestros derechos. 6.6 El cliente tiene derecho a enajenar la mercancía en el tráfico comercial ordinario bajo sus condiciones normales, siempre que garantice que sus créditos derivados de la reventa se nos transmitan según las cláusulas 6.7 a 6.9 de estas CGC. 6.7 El cliente nos cede ya desde ahora todos los créditos derivados de la reventa de la mercancía sujeta a reserva, también en el marco de contratos de obra o contratos de entrega de bienes muebles a fabricar o producir, con todos los derechos accesorios. La cesión está sujeta a condición resolutoria al cumplimiento de la condición mencionada en la cláusula 6.1. El cliente solo tendrá derecho a ceder los créditos a terceros con nuestro consentimiento previo por escrito. 6.8 Si el cliente enajena la mercancía sujeta a reserva junto con otras mercancías no entregadas por nosotros, la cesión del crédito derivado de la reventa solo será válida por el importe del valor de factura de nuestra mercancía sujeta a reserva en el momento de la entrega. En caso de enajenación de mercancías sobre las que tengamos copropiedad según las cláusulas 6.2 o 6.3 de estas CGC, la cesión de los créditos será válida por el importe de dicha cuota de copropiedad. 6.9 Si el crédito cedido se incluye en una cuenta corriente, el cliente nos cede ya desde ahora una parte del saldo, incluido el saldo final de la cuenta corriente, correspondiente al importe de dicho crédito (bajo condición resolutoria al cumplimiento de la condición mencionada en la cláusula 6.1). 6.10 El cliente está autorizado, hasta su revocación, a cobrar los créditos derivados de las reventas según las cláusulas 6.7 a 6.9 de estas CGC. Nuestra facultad de cobrar el crédito nosotros mismos no se verá afectada por ello. 6.11 Si el cliente no cumple sus obligaciones derivadas de este contrato u otros contratos con nosotros, o no lo hace a tiempo, o si llegamos a tener conocimiento de circunstancias que disminuyan sustancialmente su solvencia, tendremos derecho a– prohibir la reventa, el procesamiento y la transformación de la mercancía sujeta a reserva, así como su mezcla o unión con otras mercancías;– desistir de este contrato y exigir la restitución inmediata de la mercancía sujeta a reserva; en tal caso, tendremos derecho a entrar en las instalaciones comerciales del cliente y tomar posesión de la mercancía sujeta a reserva a cargo del cliente y, sin perjuicio de las obligaciones de pago y de otro tipo del cliente, realizarla de la mejor manera posible mediante venta directa o subasta; el producto de la realización se abonará al cliente para saldar sus deudas tras deducir los costes incurridos; le pagaremos cualquier excedente que pudiera existir;– exigir al cliente la entrega inmediata de todos los nombres y datos de contacto de los terceros deudores de los créditos cedidos a nosotros, así como toda la información relativa a dichos créditos; y– revelar todas las cesiones ante los terceros deudores, revocar la autorización de cobro concedida y cobrar los créditos; todos los ingresos que nos correspondan por las cesiones deberán remitírsenos inmediatamente después de su recepción, tan pronto como nuestras deudas contra el cliente sean exigibles. 6.12 Si el valor realizable de las garantías que se nos han otorgado supera el 110 % (o más) de la totalidad de nuestros créditos contra el cliente, estaremos obligados, a petición del cliente, a liberar o retroceder las garantías correspondientes; la elección de las garantías a liberar nos corresponderá a nosotros. 6.13 En caso de mora en el pago, el cliente está obligado a devolvernos la mercancía sujeta a reserva de inmediato a nuestro primer requerimiento. 7. Lugar de cumplimiento, derecho aplicable, jurisdicción 7.1 El lugar de cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de este contrato es Witten, Alemania. 7.2 Este contrato y todas las reclamaciones y relaciones jurídicas derivadas del mismo están sujetos al derecho de la República Federal de Alemania, con exclusión del derecho internacional privado y de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG). 7.3 A menos que las disposiciones legales establezcan una jurisdicción exclusiva obligatoria, los tribunales de Bochum (Alemania) serán los únicos competentes para todos los litigios relacionados con la relación comercial con el cliente. Este acuerdo de jurisdicción no se aplica en relación con clientes que no sean comerciantes. 8. Disposiciones finales 8.1 Las modificaciones y adiciones al contrato celebrado con el cliente con la inclusión de estas CGC (en adelante, el “Contrato”), incluida esta cláusula de forma escrita, requieren la forma escrita para su validez. Lo mismo se aplica a los acuerdos accesorios y adicionales. 8.2 El Contrato no genera derechos a favor de terceros (con excepción de la cláusula 5.8, frase 2 de estas CGC). El cliente no tiene derecho a ceder derechos y reclamaciones derivados del Contrato a terceros sin nuestro consentimiento previo por escrito. 8.3 Si alguna disposición del Contrato fuera o llegara a ser total o parcialmente inválida, la validez de las restantes disposiciones no se verá afectada por ello. En tal caso, las partes están obligadas a sustituir la disposición inválida por una disposición legalmente válida que se acerque lo más posible, desde el punto de vista económico, a la finalidad perseguida con la disposición inválida, en la medida en que sea legalmente admisible. Lo mismo se aplica a posibles lagunas en la regulación. 8.4 En caso de discrepancias o dudas, prevalecerá la versión alemana de estas CGC. Descargar CGC